VOCABULARIO DEL ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES


VOCABULARIO DEL ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES (2014)

 

 

Abdicación: (lat. abdicatio, a su vez de ab, negación; dicere, decir; -tio, -tionis, acción) f. Renuncia voluntaria a un cargo o dignidad en favor de otra persona.

Actuario: (lat. actuarius, escribano, de acta, documento, y –arius, oficio) m. Funcionario que da fe en los actos judiciales. Persona versada en los cálculos matemáticos y en los conocimientos estadísticos, jurídicos y financieros concernientes a los seguros y a su régimen.

Altruismo: (lat. alter, otro; -ισμος /-ismos/ doctrina) m. Actitud o característica de la persona que pretende conseguir el bien de los demás de manera desinteresada, generalmente realizando una labor social o humanitaria.

Apelación: (lat. appellatio, appellationis, llamado) f. Acción de apelar; petición que se hace al juez para revocar una sentencia. La apelación es un recurso ordinario y vertical a través del cual una de las partes o ambas solicitan al tribunal de segundo grado (tribunal ad quem) un nuevo examen sobre una resolución distinta por un juez de primera instancia (juez a quo), con el objeto de que aquél la modifique o revoque.

Bigamia: (lat. bigamus, casado con dos; de bis, dos, y del gr., γάμος /gamos/ unión, matrimonio; -ια /ia/ cualidad) f. Situación legal en que se encuentra la persona que se ha casado por segunda vez, sin previo divorcio de su primer cónyuge o fallecimiento del mismo. Estado de un hombre casado con dos mujeres a un mismo tiempo, o de la mujer casada con dos hombres.

Bursátil: (lat. bursa, bolsa; -ilis, cualidad) adj. Lo relativo a las bolsas de comercio a los valores y títulos allí negociables y a las operaciones llevadas a efecto en ellas.

Concusión: (lat. cum con; cussio, cussionis, extorsión) f. Exacción arbitraria hecha por un funcionario público en provecho propio. Es un término legal que se refiere a un delito llamado exacción ilegal. La comete el servidor público que se aprovecha de la situación y de su título, así como de su cargo para cobrar un salario no estipulado por la ley.

Dictadura: (lat. dictatura, part., futuro de dictare, dar órdenes) f. Concentración de poderes en un individuo o una asamblea; gobierno que, invocado el interés público, se ejerce fuera de las leyes constitutivas de un país; carácter abusivo e ilimitado con que se ejerce la autoridad.

Emancipar: (lat. emancipare; e-, ex-, separación; manus, mano; capere, coger, tomar, asumir) v. Liberarse de cualquier clase de subordinación o dependencia, liberar a alguien de la subordinación o sujeción. Liberar de la patria potestad, de la tutela, de la servidumbre, o de cualquier sujeción en la que se estaba.

Federación: (latín foedus, foederis, pacto; -tio, -tionis, acto o resultado de) f. Organismo o entidad resultante de un pacto regido por una autoridad. Es un Estado conformado por la reunión de varias entidades territoriales. También suele denominarse estado federal o república federal con un sentido republicano.

Fideicomiso (lat. fides, fidei, fe; cum, compañía; misum, participio pasivo de mittere,) m. Disposición testamentaria por la cual el testado deja encomendada su hacienda o poder de ella a la fe de una persona para que se cumpla su voluntad.

Hipoteca: (gr. ὑπό /-hipo/ debajo; θήκη /théekee/ depósito, caja) f. Contrato que establece el derecho de propiedad sobre una casa, un terreno u otro bien inmueble que su dueño da a otra persona, a un banco o a una sociedad, para asegurar o avalar una deuda que ha contraído con ellos.

Idiosincrasia: (gr. ἴδιος /idios/ particular, privado; κράτος /kratos/ fuerza, vigor; -ια, cualidad) f. Temperamento, carácter de cada individuo por la cual se distingue de los demás.

Impugnación: (lat. impugnatio, impugnationis, contradecir, refutar) f. Desde el punto de vista tributario es la acción mediante la cual el contribuyente resta validez a los argumentos que se hacen valer para determinar cierta situación tributaria. Es el derecho que tiene el afectado por una sentencia para recurrir la misma. Por eso es que una vez interpuesto expresamente puede renunciarse mediante el desistimiento, o implícitamente no recurrirse por medio de la deserción.

Jurisprudencia: (lat. ius, iuris, ley, derecho; prudentia, previsión, competencia) f. Conjunto de las sentencias de los tribunales, y doctrina que contienen. Criterio sobre un problema jurídico establecido por una pluralidad de sentencias concordes; enseñanza doctrinal que dimana de los fallos de las autoridades gubernativas o judiciales. Norma de juicio que suple emisiones de la ley y que se funda en las prácticas seguidas en casos análogos. Doctrina que emana, en sentido estricto, de las resoluciones, en forma reiterada, del tribunal supremo.

Liberalismo: (lat. liberalis, que es libre; -ισμος /-ismos/ doctrina) m. Doctrina política, económica y social, nacida a finales del siglo XVIII, que defiende la libertad del individuo y una intervención mínima del estado en la vida social y económica.

Litigar: (lat. lis, litis, ley, derecho; -are, acción) v. Interponer un pleito o disputa.

Liturgia: (gr. λειτουργία /leiturgía/ servicio, ministerio) f. Conjunto de prácticas establecidas que regulan en cada religión el culto y las ceremonias religiosas.

Monopolio: (gr. μόνος /monos/ solo, único; πολείν /poleín/ vender) m. Privilegio concedido a un individuo. Sociedad para vender o explotar en exclusiva alguna cosa.

Moratoria: (lat. moratorius, que tarda; a su vez de mora, tardanza; -tor, agente, oficio; -ια /-ia/ cualidad) f. Plazo que se otorga para solventar una deuda vencida. Se dice especialmente de la disposición que difiere el pago de impuestos o contribuciones, y de las deudas civiles. Suspensión o prórroga general de los plazos convenidos para el complimiento de una obligación, decretada por el poder público, por motivos especiales de evidente gravedad, tales como incendios de gran trascendencia, inundaciones, guerras terremotos, etc., para todo el país o parte de él, según las circunstancias.

Oligopolio: (gr. ὄλιγος /óligos/ poco; πωλεῖν /pooleín/ vender) m. Aquella situación de mercado en que la oferta de un producto está limitada a un pequeño número de empresas. Concentración de la oferta de un sector industrial o comercial en un reducido número de empresas.

Placet: (lat. placere, agradar, placer) m. Es la aprobación por parte del gobierno de un estado para que un representante, diplomático de otro estado, pueda ser acreditado como tal. Proletariado: (lat. proletarius, común, proletario; -atus, cualidad) m. En el marxismo, clase social que engloba a todos aquellos que no poseen propiedad de los medios de producción y se ven obligados a vender su fuerza de trabajo a los capitalistas a cambio de un salario.

Recesión: (lat. recessus, retroceso; -sion, acto de) f. Etapa del ciclo económico caracterizada por la desaceleración e inclusive el decrecimiento en la variación del PBI. Implica la pérdida de puestos de trabajo y en general la subocupación de los factores productivos. Puede o no estar asociada al descenso en los precios monetarios (deflación).

Sedición: (lat. seditio, seditionis, rebelión) m. Alzamiento colectivo y violento contra la autoridad, el orden público o la disciplina militar, sin llegar a la gravedad de la rebelión. Acción tumultuaria, pero inerme, destinada a resistir a la autoridad, atacándola para impedir el libre ejercicio de sus funciones, con el propósito de abolir o reformar la constitución y sus instituciones, impedir la integración de éstas o su libre ejercicio y separar de sus cargos a algunos de sus funcionarios públicos.

Superávit: (lat. superare, exceder, sobrar) m. Exceso del haber o de los ingresos frente a las obligaciones o deudas de la caja. Exceso de los ingresos respecto de los egresos. Diferencia positiva que existe entre el capital contable (exceso del activo sobre el pasivo) y el capital social pagado de una sociedad determinada.

Transgresión: (lat. transgressio, transgressionis, paso, transgresión) f. Atropello, pasar por encima de una norma o de un derecho de una persona natural o jurídica.

Usufructo: (lat. usufructus, de usus, uso, empleo; fructus, fruto, provecho, ganancia) m. Uso y disfrute de una cosa que es propiedad de otra persona. Derecho de usar una cosa y aprovecharse de sus utilidades sin deteriorarlas.

Usura: (lat. usus, derecho de utilización,-ura, actividad, resultado) f. Actividad consistente en la prestación de dinero con interés superior al que debía percibirse de acuerdo con las normas de la moral y del derecho.

Veredicto: (lat. vere, verdadero; dictum, dicho) m. Declaración del jurado al final de un proceso. Declaración del jurado sobre “la cuestión de hecho” que le ha sido sometida y que está destinada a servir de base a la resolución del tribunal del derecho. Decisión, dictamen sobre un hecho de un jurado o tribunal.

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